Resolución de 29 de octubre de 2021 de la dirección del centro por la que se publica la relación definitiva de personas admitidas y no admitidas al procedimiento de evaluación y acreditación de las competencias profesionales. La dirección de este centro resuelve sobre la admisión o no admisión al procedimiento solicitado de las personas que a continuación se relacionan, indicando para cada una de ellas la cualificación o unidades de competencia solicitadas, el estado de su solicitud (admitida o no admitida), las observaciones y, en su caso, los motivos de su no admisión.

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La Consejería de Educación y Deporte informa de que con el objetivo de facilitar la tramitación del procedimiento de alta de cuentas corrientes a las personas solicitantes de las Becas y Ayudas que gestiona la Dirección General de Atención a la Diversidad, Participación y Convivencia Escolar, se ha puesto a disposición de las personas solicitantes un nuevo mecanismo a través de la Secretaría Virtual de la Consejería de Educación y Deporte. 
 
Se trata de un sistema alternativo que permitirá trasladar a la Consejería de Hacienda y Financiación Europea la solicitud de alta de cuentas corrientes sin necesidad de realizar ningún otro trámite. 
Este trámite estará permanentemente disponible para las personas interesadas, pues no acaba con la finalización del plazo de solicitudes de las convocatorias de las Becas y Ayudas. 
 
Se accede a través de la Secretaría Virtual de la Consejería de Educación y Deporte de la Junta de Andalucía, cuyo enlace es: 
 
 
En caso de no realizar este trámite a través de esta Secretaría Virtual, es imprescindible que se realice por otro medio. Hasta no completarse el alta de la cuenta corriente en el Fichero Central de Personas Acreedoras, no se tramitará el pago de la Beca o Ayuda correspondiente. 
 
Para más información, puede consultarse el siguiente enlace: 
 
Resolución de 27 de septiembre de 2021 con el listado provisional de solicitantes admitidos y no admitidos al procedimiento de evaluación y acreditación de competencias (PEAC) denominado "Acredita 2021".
 

Las personas no admitidas al PEAC podrán presentar en la plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente a la fecha de la Resolución (27/09/2021), las alegaciones que estimen oportunas, subsanar errores y aportar los documentos exigidos no presentados con su solicitud, a través de la Secretaría Virtual de los centros educativos mediante el trámite denominado Presentación Electrónica General en Centros Educativos  (https://www.juntadeandalucia.es/educacion/secretariavirtual/accesoTramite/462/ )   dirigido a la persona titular de la dirección de este centro, quien resolverá sobre la admisión o no admisión definitiva al procedimiento solicitado.

Acceso a la Resolución.

La Consejería de Educación y Deporte informa de que con el objetivo de facilitar la tramitación del procedimiento de alta de cuentas corrientes a las personas solicitantes delas becas que gestiona la Dirección General de Atención a la Diversidad, Participación y Convivencia Escolar, en breve se pondrá a disposición de las personas solicitantes un nuevo mecanismo a través de la Secretaría Virtual

Se trata de un sistema alternativo que permitirá trasladar a la Consejería de Hacienda y Financiación Europea la solicitud de alta de cuentas corrientes sin necesidad de realizar ningún otro trámite.

Nota sobre alta de cuentas.

CIRCULAR DE 7 DE SEPTIEMBRE DE 2021 POR LA QUE SE INFORMA DEL PROCEDIMIENTO A SEGUIR PARAPOSIBILITAR, SI PROCEDE, LA TRAMITACIÓN DEL PAGO DE LAS BECAS Y AYUDAS GESTIONADAS POR LADIRECCIÓN GENERAL DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD, PARTICIPACIÓN Y CONVIVENCIA ESCOLAR

Por la presente se comunica que a partir del curso 2021/2022, para la tramitación del pago de las becas o ayudas gestionadas por la Dirección General de Atención a la Diversidad, Participación y Convivencia Escolar, es imprescindible que las personas solicitantes den de alta la cuenta corriente consignada en la solicitud en en el Registro de Cuentas de Terceros de la Tesorería General de la Junta de Andalucía. El alta de la cuenta corriente que se consigne en la solicitud, cuyo titular ha de ser siempre la persona SOLICITANTE (que podrá coincidir o no con la persona beneficiaria) se podrá hacer siguiendo alguno de estos dos procesos:

1. Con certificado digital (solo persona solicitante):

Deberá acceder a la Oficina Virtual de la Consejería de Hacienda y Financiación Europea y dar de alta sucuenta corriente.

Enlace: https://www.juntadeandalucia.es/haciendayadministracionpublica/apl/tesoreria/autenticacion.htm?redireccion=index

 

2. Sin certificado digital:

Deberá presentar en cualquier Registro Administrativo (oficina de registro o registro electrónico) dirigido a la Dirección General de Política Financiera y Tesorería o sus Tesorerías Provinciales, certificado bancario u otro documento que acredite que la persona SOLICITANTE es titular de la cuenta para solicitar su alta. (Documento de solicitud de mantenimiento de cuentas). En caso de no llevarse a cabo esta acción, no podrá tramitarse el pago de las becas por esta Dirección General de Atención a la Diversidad, Participación y Convivencia Escolar.